La Asamblea Nacional aprobó el pasado 15 de diciembre la “Ley Anticorrupción” que implica reformas al Código Orgánico Integral Penal con el fin de agudizar sanciones para delitos en contratación pública y privada, corrupción y obstrucción de justicia.
Con la creación de nuevos métodos penales para identificar y combatir los sobreprecios en contratos públicos, la Contraloría General del Estado ejecutará un rol protagónico al estar facultada para establecer informes previos y durante los contratos públicos. Se otorga también la capacidad al fiscal de suspender cualquier contratación vigente y detención de pagos si se encuentran inconsistencias.
El concepto de compliance, que se refiere a la implementación de programas de cumplimiento por parte de estructuras privadas en la ejecución de políticas internas, códigos de ética y la aplicación de buenas prácticas en armonía con el ordenamiento jurídico, es introducido con el objetivo de incentivar la cultura de la honestidad y la transparencia.
La reforma se enfoca en los crímenes que han sido más recurrentes en el ámbito político a lo largo de la última década y especialmente durante la emergencia sanitaria, como el cohecho, tráfico de influencias y peculado. Dichos delitos serán sancionados con el máximo de la pena establecida por la ley cuando se cometan en estado de emergencia y excepción.
De las nuevas disposiciones, la censura política para individuos y empresas sentenciadas por corrupción ha sido la mejor recibida por la población. En contratación pública se prohíbe de por vida la participación en futuros acuerdos con el Estado a aquellos culpables de los delitos en mención. Además, quedarán inhabilitados para el desempeño de todo cargo público, todo cargo en entidad financiera o en entidades de la economía popular y solidaria que realicen intermediación financiera, cuando los delitos de corrupción se realicen aprovechándose de una declaratoria de emergencia o estado de excepción.
La aprobación de la Ley Anticorrupción ha sido un logro de la administración del presidente Lenín Moreno que de cierta manera contrarresta los fracasos anteriores al afrontar esta crisis. En 2017 se intentó fallidamente la iniciativa del Frente de Transparencia y Lucha contra la Corrupción. La Secretaría Anticorrupción, institución protagonista de la iniciativa, padeció de inestabilidad, interferencia con organismos judiciales y redundancia de obligaciones. Las nuevas reformas al COIP permiten solidificar la institucionalidad de las entidades encargadas de prevenir, identificar y sancionar delitos de corrupción.
La sorpresiva agilidad con la cual la Asamblea aprobó el proyecto de ley puede ser explicada por la presión que ejerció el Fondo Monetario Internacional, solicitando acciones concretas para prevenir la corrupción en el país, condicionando así el desembolso pendiente de dos mil millones de dólares del préstamo vigente entre el Fondo y el Estado ecuatoriano.
“Entregamos al país una ley que busca prevenir, combatir y erradicar la corrupción”, señaló el presidente de la Comisión de Justicia, José Serrano.
Entre las preocupaciones que presenta la nueva ley aprobada, esta la efectividad y competencia de la Contraloría General del Estado, que deberá fiscalizar a detalle cada contrato público efectuado y dependerá únicamente de la misma Contraloría el inicio de una investigación penal. Esto último se esperaba eliminar con las reformas actuales. La Contraloría queda expuesta a un potencial abuso de poder y omisión de indagaciones sujetas a intereses políticos.
La corrupción ha tenido una presencia perpetua en la política ecuatoriana. Latinoamérica es la región que peor se desempeña en índices de lucha contra la corrupción y sus países activamente se alejan de leyes anticorrupción. Se espera que las naciones impongan legislaciones concretas en el próximo año ya sea por la necesidad de financiamiento internacional o como resultado de las protestas masivas del público general.